Registro Nacional de Investigaciones en Salud

Sección I - Resumen de la Investigación
Código:
Sección II - Equipo de Investigación
Sección III - Artículos Científicos de la Investigación
  • El registro de investigaciones en COVID-19 es obligatorio (DS N° 014-2020-S.A., segunda disposición complementaria final).
  • El registro de proyectos de investigación en este sistema, busca fomentar la Investigación en Salud a nivel Nacional e Institucional, conforme a lo dispuesto en el artículo 23° del DS N° 001-2003-SA y en el artículo 39° de la Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis (TBC) en el Perú, Ley Nro. 30287, el Instituto Nacional de Salud (INS) se encarga de implementar un registro de investigaciones científicas referentes a TBC, resultando su registro indispensable para el fomento e investigación de TBC.
  • El registro en este sistema no supone la revisión, aprobación o autorización por parte del Instituto Nacional de Salud.
  • Los ensayos clínicos con productos farmacológicos o dispositivos se rigen por el Reglamento de Ensayos Clínicos aprobado por Decreto Supremo Nro.017-2006-SA y deben registrarse el Registro Peruano de Ensayos Clínicos – REPEC.